Sería
mediante una reforma del Código Civil, y establecerían un máximo de 5.000
hectáreas dentro de una misma provincia, como el límite que no podría superar en
propiedad ninguna persona física ni jurídica.
También abren la puerta a la
expropiación de campos cuando se verifique que no pagan sus obligaciones
tributarias.
Los
diputados Francisco Plaini (Buenos Aires) y Oscar Albrieu (Río Negro), ambos
integrantes del bloque oficialista, presentaron un proyecto de ley que podría
cambiar muchas cosas de aprobarse.
La iniciativa propone modificar el Código
Civil de la Nación y retomar el espíritu de la Constitución peronista de 1949 en
cuanto a la función social de la propiedad, incluida la tierra.
Lo que proponen
los legisladores, entre otras cuestiones, es la “prohibición” para
cualquier persona física ni jurídica ni unidad agrícola familiar, de poseer
“un inmueble rural que supere las cinco mil hectáreas (5.000 ha) dentro de la
misma provincia”.
La
iniciativa establece otra modificación que traerá polémica, máxime después de la
expropiación de YPF donde el gobierno ha demostrado que no le temblará la
mano a la hora de asegurarse que su “modelo” político y económico tenga
garantías de continuidad.
Así los legisladores habilitan a la “expropiación o
división y venta de los inmuebles rurales de grandes extensiones que no
produzcan renta”.
La norma prevé como forma de determinar la improductividad
del campo “cuando no se pague impuesto vinculado a producción agropecuaria y/o
industrial”.
La
iniciativa añade también otras modificaciones al Código, como asegurar el
respeto a las servidumbres cuando haya propiedades que abarquen ríos o lagunas
permitiendo el acceso y la circulación por el agua que atraviesa dichas
propiedades.
Otra de las modificaciones que plantea la norma es la impedir la
subdivisión de una unidad económica en otra antieconómica, como ocurre en
algunas provincias como Santa Fe, Río Negro, Córdoba, La Pampa mediante la
reglamentación del Art. 2326 del Código Civil que es el que se plantea
modificar.
Los
diputados se inspiran para el proyecto nada menos que en “la doctrina proclamada
por el General Juan Domingo Perón que quedó plasmada en la Constitución de
1949 en su artículo 38 referido a la función social de la propiedad,
el capital y la actividad económica”, sostienen.
“La propiedad privada tiene
una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que
establezca la ley con fines de bien común” reza el mencionado artículo que
recuerdan los legisladores.
“Incumbe al Estado fiscalizar la distribución y la utilización
del campo o intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento
en interés de la comunidad, y procurar a cada labriego o familia labriega la
posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva. ...”,
concluyen en su cita los diputados peronistas.
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